Actualizaciones para los beneficiarios del estatus especial de inmigrante juvenil 

Ha habido mucho movimiento con el Estatuto Especial del Inmigrante Juvenil. Varios cambios son importantes y dignos de mención:

ACCIÓN DIFERIDA/AUTORIZACIÓN DE TRABAJO:

El 7 de marzo de 2022, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) anunció que está actualizando el Manual de Políticas del USCIS para considerar la acción diferida y la autorización de empleo relacionada para los no ciudadanos que tienen un Formulario I-360 aprobado, Petición para Amerasian, Viudo(a) o Inmigrante Especial, para la clasificación de Inmigrante Juvenil Especial (SIJ), pero que no pueden solicitar el ajuste de estatus para convertirse en un residente permanente legal (LPR) porque un número de visa no está disponible.

La acción diferida es un acto de discreción fiscal que aplaza los procedimientos para expulsar a un no ciudadano de Estados Unidos durante un periodo determinado. La acción diferida no proporciona un estatus legal. El USCIS considerará la acción diferida caso por caso y la concederá si el SIJ justifica un ejercicio favorable de la discreción. USCIS llevará a cabo automáticamente determinaciones de acción diferida para las personas con clasificación SIJ que no pueden solicitar el estatus de LPR porque no hay un número de visado disponible. No se requiere una solicitud por separado para la acción diferida y no será aceptada por USCIS. Si el USCIS concede la acción diferida, ésta será válida por un período de cuatro años. A partir del 6 de mayo de 2022, un SIJ al que se le haya concedido la acción diferida podrá solicitar la autorización de empleo durante su período de acción diferida presentando el Formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo.

MATRIMONIO:

El Departamento de Seguridad Nacional emitió recientemente una norma final que actualizará los reglamentos relativos al Estatus de Inmigrante Juvenil Especial (SIJS); específicamente, 8 CFR § 204.11, § 205.1 y § 245.1.1 El propósito de las actualizaciones es reflejar los cambios estatutarios, modificar ciertas disposiciones, codificar las políticas existentes y aclarar los requisitos de elegibilidad. Los reglamentos entraron en vigor el 7 de abril de 2022 y, en general, son un avance positivo para los solicitantes del SIJS.

Un cambio importante en la política, USCIS ha eliminado el matrimonio del beneficiario del SIJS como base para la revocación automática. Esto significa que el peticionario del SIJS sólo necesita no estar casado en el momento de presentar la petición del SIJS y en el momento de la adjudicación de la petición del SIJS. Este dramático y valioso cambio permitirá a muchos jóvenes seguir adelante con el matrimonio mientras esperan que su fecha de prioridad se actualice. Sin embargo, no se sabe en este momento si USCIS aplicará este cambio en la política de manera retroactiva a las personas que se casaron previamente después de que su petición SIJS fue aprobada pero antes de que su solicitud de ajuste de estatus fuera adjudicada.

RESUMEN DEL SIJS:

Debido al gran número de solicitudes de SIJS, durante los últimos 5-6 años, ha habido un retraso para los niños de Guatemala, Honduras, El Salvador y México. A partir de abril de 2021, hay 44.000 beneficiarios del SIJS que permanecen en el retraso. Los beneficiarios del SIJS de El Salvador, Guatemala y Honduras han esperado un promedio de 4 años antes de que su fecha de prioridad esté vigente para solicitar el ajuste de estatus.

Los visados SIJS forman parte de la cuarta categoría de preferencia basada en el empleo. La cuarta categoría sólo recibe el 7,1% de los 140.000 visados generalmente disponibles al año. Los beneficiarios del SIJS también están sujetos a los límites anuales por país aplicables a la inmigración basada en el empleo: Un límite del 7% por país. Hay un número abrumador de beneficiarios del SIJS que también están en proceso de expulsión: El 92% de los solicitantes de ajuste del SIJS hondureños, el 90% de los guatemaltecos y el 84% de los salvadoreños.

Si alguien que usted conoce puede beneficiarse del Estatus Especial de Inmigrante Juvenil debido al abuso, la negligencia o el abandono por parte de uno o ambos padres, póngase en contacto con nuestra oficina hoy mismo.

Los abogados de inmigración locales impulsan la creación de un tribunal de inmigración separado para combatir el retraso de los casos

ROANOKE, Va. - El Congreso está sopesando un proyecto de ley que podría cambiar drásticamente el sistema de inmigración de la nación. La nación ha alcanzado un récord, con un retraso que alcanza casi 1,6 millones de casos de inmigración.

Leer el artículo completo: https://www.wsls.com/news/local/2022/03/08/local-immigration-lawyers-push-for-separate-immigration-court-to-combat-case-backlog/

Vacunas COVID-19 requeridas para los solicitantes de la condición de residente legal en Estados Unidos y en el extranjero

A partir del 1 de octubre de 2021, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos ("USCIS") y el Departamento de Estado de los Estados Unidos exigirán las vacunas COVID-19 a todos los solicitantes que pidan la residencia permanente legal, con algunas excepciones. Todos los solicitantes que reciban su examen médico de un Cirujano Civil o Médico de Panel en o después de 1 de octubre de 2021deberán completar la serie de vacunas COVID-19 y proporcionar la documentación de la vacunación.2 Este cambio afectará a cualquier persona que complete el Formulario I-693, Informe de Examen Médico y Registro de Vacunación, a partir del 1 de octubre de 2021. Si los formularios de examen médico se completan antes del 1 de octubre de 2021, siguen siendo válidos y no se requerirá la vacuna COVID-19. El Cirujano Civil debe inspeccionar físicamente y confirmar la documentación del solicitante de que ha recibido todas las dosis apropiadas de la vacuna COVID-19. La revisión adecuada de la documentación de vacunación será en forma de un registro de vacunación, copia de una historia clínica con anotaciones del médico, o por el personal médico apropiado. No se aceptarán las dosis de vacunas autodeclaradas sin documentación escrita.

Excepciones: Las exenciones generales están disponibles para los solicitantes que son demasiado jóvenes para recibir la vacuna, tienen una contraindicación médica para la vacuna, o que no tienen acceso a una de las vacunas COVID-19 aprobadas en sus países. Además, las personas pueden solicitar una exención individual basada en convicciones religiosas o morales ante el USCIS.

Póngase en contacto con Poarch Thompson Law para obtener más información.

Actualización de las Reglas de Visa U: Proceso de Determinación de Buena Fe para Víctimas de Delitos Cualificados, y Autorización de Empleo y Acción Diferida para Ciertos Peticionarios

Resumen. El 14 de junio del 2021, USCIS emitió una regla que finalmente permite a los peticionarios de Visa U obtener autorización de empleo mientras están esperando (¡por años!) la adjudicación de sus peticiones. La actualización completa de la regla está disponible aquí: https://www.uscis.gov/news/news-releases/uscis-issues-policy-providing-further-protections-for-victims-of-crime?fbclid=IwAR1jMX1NqEwOY6_lKuCzYWnMjeNabE7snfxfRqxTzDE1hxN8_d-G7-OKzq0. Véase USCIS Policy Alert, PA-2021-13, "Proceso de determinación de buena fe para las víctimas de delitos calificados, y la autorización de empleo y la acción diferida para ciertos solicitantes" (14 de junio de 2021).

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Actualización de la política de visados U: proceso de determinación de buena fe para las víctimas de delitos que reúnen los requisitos, y autorización de empleo y acción diferida para determinados solicitantes

Resumen. El 14 de junio de 2021, USCIS emitió una nueva política que finalmente permite a los peticionarios de la Visa U obtener autorización de trabajo mientras esperan (¡durante años!) que sus peticiones sean adjudicadas. La actualización completa de la política está disponible aquí: https://www.uscis.gov/news/news-releases/uscis-issues-policy-providing-further-protections-for-victims-of-crime?fbclid=IwAR1jMX1NqEwOY6_lKuCzYWnMjeNabE7snfxfRqxTzDE1hxN8_d-G7-OKzq0. Véase Alerta de política de USCIS, PA-2021-13, "Proceso de determinación de buena fe para las víctimas de delitos calificados, y la autorización de empleo y la acción diferida para ciertos solicitantes" (14 de junio de 2021).

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El DHS limita las acciones de ejecución civil del ICE y el CBP en los juzgados o cerca de ellos

Esta semana, el Secretario de Seguridad Nacional, Alejandro N. Mayorkas, ordenó al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) y al Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP) de los Estados Unidos que establecieran nuevos límites a las medidas civiles de aplicación de la ley de inmigración en los tribunales o en sus inmediaciones. Una acción civil de aplicación de la ley de inmigración puede ser tomada en o cerca de un tribunal sólo en ciertos casos limitados, incluyendo los siguientes: (1) se trata de un asunto de seguridad nacional, (2) hay un riesgo inminente de muerte, violencia o daño físico a cualquier persona, (3) se trata de la persecución de un individuo que representa una amenaza para la seguridad pública, o (4) hay un riesgo inminente de destrucción de pruebas materiales para un caso criminal. Esta política sustituye a una Directiva del ICE emitida en 2018 y marca la primera vez que el CBP ha tenido una orientación política formal con respecto a la aplicación de la inmigración civil en o cerca de los tribunales.

"Garantizar que las personas tengan acceso a los tribunales favorece la administración justa de la justicia, promueve la seguridad de las víctimas de delitos y ayuda a garantizar la igualdad de protección ante la ley", dijo el Secretario Mayorkas. "La ampliación de las detenciones civiles por motivos de inmigración en los juzgados durante la anterior administración tuvo un efecto disuasorio sobre la voluntad de las personas de acudir a los tribunales o de colaborar con las fuerzas del orden. La orientación de hoy es el último paso en nuestros esfuerzos para centrar nuestros recursos de aplicación de la ley de inmigración civil en las amenazas a la seguridad nacional y la seguridad pública."

¿Cómo ha cambiado la inmigración el Presidente Biden?

Del artículo de marzo de 2021 de la Roanoke Bar Review por Rachel Thompson, Esq.

¿Cómo ha cambiado la inmigración el presidente Biden? Me lo han preguntado docenas de veces familiares y amigos. La inmigración ha sido un tema tan candente durante las elecciones de 2016 y 2020 y muchas personas tienen curiosidad por saber qué ha cambiado entre la administración anterior y la actual. La realidad es que la mayoría de los cambios significativos que afectan a la práctica diaria de un abogado de inmigración no se pueden explicar en un discurso de ascensor o una lista de viñetas. Esto no es específico del cambio de administración más reciente, sino de cada vez que hay un cambio de presidencia. He ejercido bajo tres administraciones diferentes y cada nueva presidencia trae consigo un mar de cambios, y el corto tiempo del presidente Biden en el cargo ha demostrado no ser una excepción.

Algunos cambios cuantificables bajo la administración Biden (y la respuesta a la pregunta que creo que la mayoría de la gente busca) son los siguientes:

  1. Reafirmó la Acción Diferida con los Llegados en la Infancia (DACA): las nuevas solicitudes de DACA fueron suspendidas durante la mayor parte de la administración anterior
  2. Puso una moratoria a las deportaciones: se prohibieron ciertas deportaciones durante 100 días, pero desde entonces ha sido prohibida por un Tribunal de Distrito de Texas
  3. Levantó las prohibiciones de viaje: ciertas naciones de mayoría musulmana y africana ya no tienen prohibida la entrada a Estados Unidos.
  4. Protegió a los solicitantes de asilo: se suspendió el Programa de Protección al Migrante que obligaba a los solicitantes de asilo a esperar en México para su audiencia.

Para leer el artículo completo, continúe en el Colegio de Abogados de Roanoke sitio web.

USCIS designa a Venezuela para el TPS y da información para la autorización de empleo relacionada con el DED

El martes 9 de marzo de 2021, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) designó a Venezuela para el Estatus de Protección Temporal (TPS) por 18 meses, desde el 9 de marzo de 2021 hasta el 9 de septiembre de 2022. La razón de esta designación se debe a la grave crisis política y económica en Venezuela que impide temporalmente que los nacionales regresen con seguridad, incluyendo una compleja crisis humanitaria que incluye hambre y desnutrición generalizadas, una creciente presencia de grupos armados no estatales y una infraestructura deteriorada. Esta designación permitirá a los venezolanos que reúnan los requisitos solicitar el estatus de TPS y los documentos de autorización de empleo (EAD) relacionados y el advance parole (permiso de viaje). Para ser elegibles para el TPS, los venezolanos deben ser capaces de demostrar su residencia continua en los Estados Unidos desde el 9 de marzo de 2021. Los solicitantes deben pedir el TPS dentro del período de registro de 180 días desde el 9 de marzo de 2021 hasta el 5 de septiembre de 2021. 

Además, el DHS proporcionó información importante sobre Salida Forzada Diferida (DED). De acuerdo con un Memorando Presidencial de enero de 2021, ciertos nacionales venezolanos que estaban presentes en los Estados Unidos el 20 de enero de 2021 y han estado continuamente presentes, pueden beneficiarse por un período de 18 meses de DED. El aviso del Registro Federal proporciona detalles sobre cómo solicitar la autorización de trabajo bajo el programa DED.

Por último, el DHS sugiere que las personas amparadas por el DED también soliciten el TPS para preservar la opción del TPS en caso de que el solicitante no sea elegible para el TPS después de la presentación inicial y en caso de que el DED para Venezuela expire posteriormente.

La información contenida en este blog es sólo para fines informativos. Si tiene alguna duda, póngase en contacto con nuestro despacho para recibir asesoramiento jurídico profesional.

Cambios recientes con DACA

El 4 de diciembre de 2020, un Tribunal de Distrito de los Estados Unidos en el Distrito Este de Nueva York ordenó que el Memorándum de julio de 2020 quedara anulado. Así, el 7 de diciembre de 2020, el USCIS y el DHS actualizaron sus sitios web para cumplir con la orden judicial. Los avisos indican que a partir del 7 de diciembre de 2020, el USCIS es:

  • Aceptar las solicitudes de primera vez para la consideración de la acción diferida bajo la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) en base a los términos de la política DACA en vigor antes del 5 de septiembre de 2017, y de acuerdo con la orden del Tribunal del 4 de diciembre de 2020;
  • Aceptar las solicitudes de renovación de DACA basadas en los términos de la política de DACA en vigor antes del 5 de septiembre de 2017, y de acuerdo con la orden del Tribunal del 4 de diciembre de 2020;
  • Aceptar solicitudes de documentos de libertad condicional anticipada basados en los términos de la política DACA antes del 5 de septiembre de 2017, y de acuerdo con la orden del Tribunal del 4 de diciembre de 2020;
  • Ampliar a dos años las concesiones de acción diferida de un año bajo DACA; y
  • Extender los documentos de autorización de empleo de un año bajo DACA a dos años.

USCIS también afirma en el aviso que "tomará las medidas apropiadas para proporcionar evidencia de las extensiones de un año de los documentos de acción diferida y de autorización de empleo bajo DACA a las personas a las que se les emitió la documentación en o después del 28 de julio de 2020, con un período de validez de un año bajo la política difunta."

Tenga en cuenta que los requisitos de DACA no se han ampliado. Los requisitos de DACA de 2012 permanecen intactos. Por lo tanto, usted puede solicitar DACA si: 

  • Tenían menos de 31 años a 15 de junio de 2012;
  • Llegó a Estados Unidos antes de cumplir los 16 años;
  • Haber residido de forma continuada en Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007 hasta el momento actual;
  • Estaban físicamente presentes en los Estados Unidos el 15 de junio de 2012, y en el momento de hacer su solicitud de consideración de acción diferida con USCIS;
  • No tenía estatus legal el 15 de junio de 2012;
  • Están actualmente en la escuela, se han graduado u obtenido un certificado de finalización de la escuela secundaria, han obtenido un certificado de desarrollo de educación general (GED), o son veteranos de la Guardia Costera o de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos dados de baja con honores; y
  • No haber sido condenado por un delito grave, un delito menor importante o tres o más delitos menores, y no suponer una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.

Barras recientes para el derecho de asilo

El 20 de octubre de 2020, el Departamento de Justicia y el Departamento de Seguridad Nacional anunciaron una nueva norma que impide a ciertos inmigrantes obtener asilo. Esta norma impedirá que determinados inmigrantes obtengan asilo en función de sus antecedentes penales. 

Los inmigrantes que sean condenados por los siguientes delitos no podrán recibir asilo: cualquier delito federal o estatal, contrabando de extranjeros, reentrada ilegal, actividad de bandas, conducción bajo los efectos del alcohol, delitos de drogas, violencia doméstica y delitos relacionados con la identificación falsa. La norma también prohíbe a los inmigrantes que simplemente fueron acusados en delitos de violencia doméstica aunque no se haya dictado ninguna condena. Si los antecedentes penales de un inmigrante entran en una de esas categorías, el inmigrante ya no puede optar al asilo. Sigue siendo elegible para la retención de la expulsión, una carga mucho mayor y un caso mucho más difícil.

La mayoría de los comentaristas individuales y todas las organizaciones, incluidas las organizaciones no gubernamentales, los grupos de defensa legal, las organizaciones sin ánimo de lucro, las organizaciones religiosas, los comités del Congreso y los grupos de miembros del Congreso, se opusieron a esta norma. Esta norma ya ha sido impugnada en un tribunal federal, concretamente en el Distrito Norte de California. Con el tiempo, es posible que se presenten otras impugnaciones en otros tribunales federales. Sin embargo, a partir de ahora, esta norma entra en vigor el 20 de noviembre de 2020.

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